Gestión administrativa

Cómo empezar
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Constitución o alta de la actividad en caso de autónomos

Alta en Hacienda

El primer paso es visitar la Agencia Tributaria para darse de alta en el Censo de Empresarios. Una vez allí, debes presentar la declaración censal, aportando los siguientes modelos:

  • Modelo 036: documento que va a servirte para la inscripción en el Censo de Empresarios y para darte de alta en Hacienda.

  • Modelo 037: documento con el que te debes dar de alta como autónomo en Hacienda. Este es un modelo simplificado con respecto al modelo 036.

Ambos documentos se podrán presentar presencialmente o en la sede de Agencia Tributaria con tu certificado electrónico.

A la hora de declarar tu actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990. En él se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales. Aunque estés obligado a la presentación, lo normal es que no tengas que pagar este impuesto ya que están exentos del pago del Impuesto de Actividades Económicas, las personas físicas y los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades con un importe neto de negocio inferior a 1.000.000 de euros.

Alta en la Seguridad Social

El primer paso para emprender como autónomo es visitar la Tesorería General de la Seguridad Social para darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. De este modo obtendrás el número de afiliación a la Seguridad Social.

Puedes darte de alta tanto de manera presencial rellenando el modelo TA0521 como a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

También puedes inscribirte como empresario si vas a ser socio de una sociedad. Para ello tendrás que rellenar el modelo TA.6 y presentar el documento que te haya entregado Hacienda con el Número de Identificación Fiscal (NIF) donde incluye la Actividad Económica de la Empresa.

Elección de la entidad gestora o mutua

A la hora de inscribirse como autónomo en la Seguridad Social, hay que indicar la entidad gestora o mutua escogida para cubrir el riesgo por enfermedad profesional y accidente de trabajo.

Si no tienes claro qué mutua elegir, puedes encontrar más información sobre ello en la web de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo y en el listado de mutuas que incorpora la web de la Seguridad Social.

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