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¿Qué sanciones establece el RGPD?

El RGPD amplía las sanciones que contempla la legislación española, pero es bastante impreciso al respecto. La norma de nuestro país establece una tipología entre infracciones leves, graves o muy graves, algo que no hace la directiva europea, ya que especifica que para establecer la sanción habrá que atender al caso particular y analizar, entre otras cuestiones, las siguientes:
La naturaleza, gravedad y duración de la infracción.
La intencionalidad o negligencia.
Las medidas adoptadas por el responsable del tratamiento de los datos para minimizar los daños.
El grado de responsabilidad del responsable del tratamiento de los datos en la infracción.
El grado de cooperación con la autoridad de control.
La categoría de los datos de carácter personal afectados.
Cualquier otro agravante o atenuante aplicable a las circunstancias del caso.

Debes tener cuidado porque las infracciones que se contemplan pueden llegar a alcanzar entre los 10 y 20 millones de euros, o entre el 2% y el 4% del volumen de negocio anual global de tu actividad o empresa.

Debes extremar el cuidado en el tratamiento de los datos para evitar sanciones; sobre todo si manejas datos sensibles como son los datos sanitarios o los documentos de pago, que conllevan sanciones más duras.

Además, se permite a los estados que establezcan faltas y delitos penales en base a las violaciones de su articulado.

Cumple con la normativa RGPD y evita sanciones.

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