El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) recoge el derecho a la protección de datos personales y control sobre el uso que personas físicas, jurídicas y organismos públicos hacen de los mismos.
La primera duda que resolver es si autónomos y pymes estarían obligados a su cumplimiento.
Pues bien, según el propio texto de la normativa, “todas las empresas, sociedades, autónomos, comunidades, asociaciones y administraciones públicas de los Estados miembro”, están obligados a su cumplimiento. Por lo que, obviamente, sí que estamos obligados.
Además, el RGPD es de aplicación en todo el territorio de la Unión Europea (UE) y en todas las empresas que, siendo de fuera, ofrezcan bienes o servicios a personas o controlen su comportamiento dentro de la UE.
El RGPD se articula en base a unos principios básicos que sirven para articular los pilares sobre los que sustenta toda la normativa.